lunes, 30 de marzo de 2015

LA MEDIACIÓN ES IMPORTANTE PARA LA PAZ




Las negociaciones entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, FARC, constituyen un “proceso ejemplar” de mediación, explicó la catedrática Paloma Román Marugán, quien visitó Nicaragua para impartir un taller sobre “Liderazgo ante los conflictos”.

El curso, organizado por la Universidad Americana, UAM, en conjunto con la Universidad Complutense de Madrid, aborda la importancia de la negociación de conflictos y las técnicas de la mediación política. 
“El quehacer político es una negociación y una mediación constante, pero no lo visualizamos así”, explicó de entrada Román Marugán, doctora en Ciencias Políticas. 
El caso de Colombia “es un caso paradigmático”, dijo, enfatizando que en este caso ha sido  “fundamental la voluntad política de llegar a un acuerdo”. 
En este proceso, expresó, ha sido muy importante “la pre-mediación” porque esta “va calibrando si podemos seguir adelante y se van sentando premisas para entrar” en el proceso de mediación”.

Equipo virtuoso

La especialista sostuvo que para que una mediación llegue a buen fin es necesario un equipo mediador “virtuoso”.
Estos tienen que “generar confianza en las partes, garantizar la confidencialidad y diagnosticar la situación previa para ser capaces de dar soluciones”.
Entre las principales dificultades en los procesos de mediación resaltan las asimetrías de las partes. “Hay que equilibrar, balancear y ese es otro de los requisitos del equipo de medicación virtuoso”.
Jaime Ferri Dura, también doctor en Ciencias Políticas y otro de los especialistas que imparte el curso, dijo que una premisa básica en los procesos de mediación es partir de que “no se puede ganar todo, se trata de que el otro gane también”. 
“En los conflictos todos los actores buscan obtener ventaja y en cualquier proceso de negociación lo primero es que no se puede ganar todo, no se trata de ganar siempre. Se trata de que el otro gane también”.

Propuestas
AFP/ La guerrilla comunista de las FARC pidió este viernes que las víctimas del conflicto armado tengan “participación directa” en el diseño de la política colombiana, para lo cual propuso que cuenten con sus propios representantes en el Congreso Nacional.
Para ello propuso establecer “una circunscripción especial para víctimas del conflicto, con vigencia de tres períodos (legislativos, 12 años en total), en la que se elegirán dos senadores y cuatro representantes” (diputados), según un comunicado leído a la prensa por Ricardo Téllez, uno de los delegados de las FARC en las negociaciones de paz con el gobierno colombiano de La Habana. 


Entre las principales dificultades en los procesos de mediación resaltan las asimetrías de las partes.

220 mil muertos ha dejado el conflicto armado en Colombia en más de 50 años.

 publicación  

http://www.elnuevodiario.com.ni/politica/341218-mediacion-es-importante-paz/ 


participación Javier Antonio Narvaez Velasco.

CINCO PREGUNTAS MAS COMUNES SOBRE LA MEDIACIÓN DE CONFLICTOS.




Participación de: Viviana Rocio Bravo R.

sábado, 28 de marzo de 2015

PRINCIPIOS QUE RIGEN LA MEDIACIN.



VOLUNTARIEDAD
La participacin de los mediados, as como las decisiones en el procedimiento de la mediacin deben ser por su propia decisin y no por obligacin.

CONFIDENCIALIDAD
Lo tratado en mediacin, no podr ser divulgado por el mediador, a excepcin de los casos en los que la informacin se refiera a un lcito penal y que la legislacin correspondiente seala.

FLEXIBILIDAD
El procedimiento de mediacin debe de carecer de toda forma estricta para poder responder a las necesidades particulares de los mediados.

NEUTRALIDAD
El mediador mantiene una postura y mentalidad de no ceder a sus propias inclinaciones o preferencias durante todo el procedimiento de la mediacin.

IMPARCIALIDAD
El mediador actuar libre de favoritismos, prejuicios o rituales, tratando a los mediados con absoluta objetividad, sin hacer diferencia alguna.

EQUIDAD
El mediador debe procurar que el acuerdo al que lleguen los mediados sea comprendido por stos y que lo perciban justo y duradero.

LEGALIDAD
Slo puede ser objeto de mediacin los conflictos derivados de los derechos que se encuentren dentro de la libre disposicin de los mediados.

HONESTIDAD
El mediador debe excusarse de participar en una mediacin o dar por terminada la misma si, a su juicio, cree que tal accin sera a favor de los intereses de los mediados.



Participacin: Wilmer Olimpo Villamil Tirado.

lunes, 23 de marzo de 2015

PRINCIPIOS GENERALES DE LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS


Son  aquellos que se aplican en la conciliación, la cual es una alternativa para solucionar conflictos: 

- Principio de Equidad: se genera condiciones de igualdad

- Principio de Veracidad: las partes deben ser sinceras y expresarse sin confusiones y malas interpretaciones de los hechos.

- Principio de Buena Fe: las partes deben proceder de manera honesta y leal.

- Principio de Confidencialidad: las informaciones surgidas en el proceso no deben ser relevadas a otras ajenas a la negociación.

- Principio de Imparcialidad: no se discrimina, ni se realiza diferencia de las partes.

Principio de Neutralidad: abstenerse los casos en la cual participan personas vinculadas a el o su entorno familiar.

- Principio de Legalidad: los acuerdos escritos en el acta se encuentran dentro de la ley y reglamento.

Principio de Celeridad: solucionar pronto y rápido el conflicto.

Principio de Economía: se ahorra tiempo y costo, lo que demandaría un proceso judicial.



Intervención: Wilmer Olimpo Villamil Tirado.

domingo, 22 de marzo de 2015

ANTECEDENTES NORMATIVOS MASC

Los   antecedentes legales de los MASC-Métodos Alternativos de conflictos tienen que ver con el origen de los mismos. A continuación se ilustraran  algunas fechas importantes:

NORMATIVIDAD
1. Decreto  2279 de 1989:
Este decreto implemento sistemas de solución de conflictos particulares, regula el proceso arbitral, surgió el arbitraje técnico e internacional, se regulo la amigable composición y la conciliación.
2. Ley 23 de 1991:
Se crean  los de descongestión de despachos judiciales, se modifica la normatividad del Decreto 2279 de 1989, se asigna conocimiento de intervenciones a los inspectores de policía o alcaldes, se regula el tema de la conciliación en materia de familia, administrativa y laboral.
3. Decreto 2651 de 1991:
se promulgaron normas transitorias para descongestionar los despachos judiciales, se modificaron normas frente a la conciliación y el arbitraje de acuerdo con la normatividad anteriormente mencionada y se modificaron además las normas del código de procedimiento civil, la conciliación y las pruebas.
4. Ley 446 de 1998:
Se adoptaron normas del Decreto 2651 de 1991 como legislación permanente, se Derogan normas del Decreto 2279 de 1989 y de la Ley 23 de 1991 y además se modifican normas del código de procedimiento civil y el código contencioso administrativo.
5. Decreto 1818 de 1998:
Se promulgo el estatuto de los métodos alternativos de solución de conflictos y además se unieron algunas disposiciones frente al arbitraje, la conciliación y la amigable composición.
6. Ley 640 de 2001:
se regulo la conciliación extrajudicial, se optó por el requisito de procedibilidad por medio de la conciliación, se dio origen al Consejo Nacional de Conciliación y se perfeccionaron las calidades del conciliador.
7. Decreto 030 de 2002:
Se plantearon algunas disposiciones sobre el registro de actas (procedimiento, efectos y competencia) y se programaron las tarifas de los conciliadores.
8. Resolución 299 de 2002:
Se plantearon algunas disposiciones frente a los centros de conciliación dentro de los consultorios jurídicos.
9. Resolución 1399 de 2003:
Requisitos para obtener el Aval para capacitación de conciliadores.
10. Resolución 1342 de 2004:
Se crearon los centros de conciliación y arbitraje.

Intervención: Trinidad Yomaira Arrellano.

CLASIFICACIÓN DE LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Los métodos alternativos de solución de conflictos se clasifican en primera medida en los métodos autocompositivos, estos métodos son en los que participan las partes que se encuentren en conflicto.


La negociación: es un proceso directo entre dos o más personas para resolver un conflicto entre ellos, tomando en cuenta que se reciben beneficios para ambas partes o eso es lo que realmente se pretende, que haya un gana--‐gana, lo que tiene como consecuencia la satisfacción de los intereses de las partes.

La transacción: está estipulada en los artículos 2469 ° y siguientes del Código Civil como un método para extinguir o precaver los conflictos. Es así como la transacción, puede ser vista como un contrato a través del cual las partes deciden terminar el conflicto, con el fin de evitar un litigio de mayor gravedad y extensión.

La conciliación: está estipulada en la Ley 446 de 1998 y en la Ley 640 de 2001, es un método en el que existen dos partes que tienen un conflicto en donde existe una persona capacitada para conciliar y además ayuda a mediar, esa persona proporciona formas de arreglo, pero  no toma ninguna decisión  frente a la discrepancia que se esté suscitando en ese momento.

Los métodos alternativos de solución de conflictos también se clasifican en heterocompositivos, estos métodos son en los que participan una o más personas distintas de las que se encuentran en conflicto.

Arbitraje:

Este método es en el que existen dos partes que celebran un contrato, en donde se pacta una cláusula compromisoria “en caso de presentarse un conflicto se debe acudir ante un tribunal de arbitramento y no ante la justicia ordinaria” y la decisión puede ser en Derecho, Equidad y Justicia.

Amigable composición:

Hace su entrada por primera vez en la Ley 446 de 1998, además surge de un enredo entre la conciliación y el arbitraje. En este sentido, la amigable composición es cuando las partes que están dentro de un conflicto, se obligan a contratar a un tercero que toma decisiones que son vinculantes a ellos y este tercero profiere un fallo.

Defensor del consumidor financiero:

se estipuló en la Ley 446 de 1998 y en la Ley 1328 de 2009. Es un método donde las entidades financieras están obligadas a tener una persona para dirimir un conflicto, cuando este se presente y de esa manera tomar las decisiones que son vinculantes para la entidad financiera.
Además de las clasificaciones anteriores, los MASC se clasifican también en legales, teniendo en cuenta que estos métodos son los que están directamente relacionados con la Ley y aparecen en ella. Como ya hemos explicado algunos, se explicará únicamente la Mediación. 


La mediación: 

Es un mecanismo de solución del conflicto a través del cual un tercero ajeno a la discrepancia que se suscite en el momento, interviene entre las partes, con el fin de escuchar, evaluar sus intereses y de esta manera facilitar la solución del conflicto.


Intervención: Viviana Rocio Bravo.

CONCEPTO DE MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS – MARC’s


Para tener un concepto más amplio de lo que son los MARC’s, es necesario tener la idea clara sobre el significado de las palabras medio, alternativa, resolución y conflicto.


MEDIO, es un recurso que las personas utilizamos para lograr alcanzar un objetivo que se sustenta en una necesidad que deseamos satisfacer. Los medios pueden ser de diversa naturaleza. Por ejemplo: una escopeta si deseamos cazar palomas; una radiografía si un médico necesita saber cómo se encuentra una fractura. Pero también puede ser un proceso, es decir, un conjunto de pasos secuenciales, si deseamos efectuar una compra siendo responsables del área de adquisiciones de una empresa; o si necesitamos resolver un conflicto. La palabra medio, procede de la voz latina medius[1], que significa “algo” que puede servir para determinado fin.

ALTERNATIVA, es la circunstancia por la cual una persona, o grupo, tienen dos o más posibilidades de actuar para lograr un objetivo. Pueden ser excluyentes, es decir, sólo se puede escoger una de las posibilidades; o ser incluyentes, en cuyo caso podemos escoger más de una.La palabra alternativa procede de la voz latina Alternatus que significa opción entre dos o más cosas. Acción o derecho que tiene cualquier persona o comunidad para ejecutar alguna cosa o gozar de ella alternando con otra. Hacer o decir algo por turno.

RESOLUCIÓN, es la solución que encontramos para un problema, una dificultad o una disyuntiva.La palabra resolución procede de la voz latina Resolutio, que significa, “acción y efecto de resolver”. Resolver procede del Latín: re y solvere, que significa soltar, desatar. Desatar una dificultad o dar solución a una duda. Hallar la solución de un problema.

IMPORTANCIA Y CLASIFICACIÓN DE LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS



La importancia de los métodos alternativos tienen que ver con las causas de su origen y con la necesidad de implementación de los mismos. Es decir, los métodos alternativos de solución de conflictos son de gran importancia ya que proporcionan una respuesta rápida y oportuna al asunto que se está debatiendo.

clasificación 

Intervención: Javier Antonio Narvaez Velasco



sábado, 21 de marzo de 2015

EL ESTADO COLOMBIANO Y LA GUERRILLA DE LAS FARC. ¿UN EJEMPLO DE NEGOCIACIÓN?

"Una negociación histórica sin tabletas ni celulares"


Todos los colombianos por estos días hemos tenido presente las negociaciones entre la guerrilla de las FARC y el estado, ha sido tema de tertulia e irónicamente de conflicto entre quienes lo vemos como una esperanza de lograr la paz y un mejor país y quienes escépticamente lo ven como una “alcahuetería” del actual gobierno para con la insurgencia. Sin embargo esta nueva oportunidad de dialogo entre las dos partes, se puede considerar un esfuerzo más para negociar pacíficamente este conflicto armado de más de 50 años que ha causado aproximadamente 220.000 muertos.


El general español retirado Luis Alejandre, con años de experiencia en procesos de paz en Centroamérica, fue testigo a finales de la semana pasada de una jornada histórica en La Habana. Por primera vez, cinco generales y un contraalmirante colombiano en activo se veían cara a cara con sus viejos enemigos, los jefes de las FARC, en el marco de las negociaciones de paz”…Continuar leyendo la noticia...http://internacional.elpais.com/internacional/2015/03/11/actualida/1426101584_151461.html 

Con relación a las negociaciones colaborativas y competitivas como dos concepciones o tipos de negociación y teniendo en cuenta su definición, podemos decir que hoy estamos pasando de una a la otra a medida que se busca “desescalar” el conflicto en nuestro país. Pues se han dado muestras de que a pesar que los actores en campo aún se ven como enemigos, en la mesa los participantes mantienen una relación menos traumática (amistosa), en general esta negociación apunta a ser más colaborativa porque se busca llegar a un acuerdo e intenta simplemente abarcar las necesidades e interese mutuo. Sin embargo es claro que esta es una negociación compleja y que al final de cuentas solo el tiempo nos permitirá ver todos los aspectos que nos ayudaran medir el éxito de estos diálogos. Por ejemplo teniendo en cuenta la metodología aplicada a través de la matriz DOFA y que permite como herramienta hacer un análisis de la negociación. A continuación y a modo de ejemplo sencillo se analiza proceso de paz en Colombia.

  MATRIZ DOFA DE LAS NEGOCIACIONES DE LA HABANA ENTRE EL ESTADO COLOMBIANO Y LA GUERRILLA DE LAS FARC – MARZO 2015


 

Elaborado por: Wilmer Olimpo Villamil Tirado